Debes tener tus datos de contacto actualizados (correo electrónico y celular), y además contar con tu clave web, la cual es confidencial.
- Si no tienes tu Clave Web, puedes generarla de forma rápida ingresando aquí.
Tips:
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- Deberás validar tu identidad.
- Recibirás una clave temporal.
¡Y listo! Podrás generar tu nueva clave web.
- Si no tienes tus datos de contacto actualizados (mail o celular), descarga nuestra App y actualízalos desde donde estés. Infórmate más aquí.
Tip:
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- En caso no puedas actualizar tus datos de contacto, ni tu clave web, deberás llamarnos a nuestro Centro de Contacto.
Puedes verificar tu saldo descargando tu App de Profuturo AFP, y podrás hacer seguimiento a tu cuenta y sus movimientos. Infórmate más aquí.
Te comentamos que, si realizaste un retiro de hasta 25%, tienes saldo en cuenta y cumples con los requisitos, sí puedes acceder a este nuevo retiro.
Solo recuerda que, el monto por desembolsar afecta el valor del fondo a considerar para la aplicación de la disposición de hasta el 25% en el crédito hipotecario, cuando la solicitud de retiro haya sido presentada por el afiliado con anterioridad a la comunicación de procedencia emitida por la AFP.
Si estás considerando retirar el total de tus aportes obligatorios en este 8vo Retiro Extraordinario de hasta 4UIT, debes saber que al dejar el saldo de tu cuenta en S/0.00 no podrás acceder al Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo - REJA, que te permitiría:
- Solicitar una pensión o retirar hasta el 95.5% de tu fondo.
- Acceder al beneficio de EsSalud para ti y tu familia según el procedimiento respectivo.
Si quieres conocer más sobre este tipo de retiro, ingresa aquí.
Sí, podrás solicitar el retiro. Sin embargo, debes considerar que, si registras una solicitud total o parcial del 8vo retiro de hasta 4UIT y tienes una solicitud de Libre Desafiliación en proceso; tu trámite de Libre Desafiliación será rechazado de manera automática.
Así mismo, debido a la reciente publicación del nuevo reglamento de la Ley N° 32123, a partir de la fecha, solo se recibirán aquellas solicitudes de afiliados que deseen realizar la Libre Desafiliación del Sistema Privado de Pensiones bajo el Decreto Ley N° 20530, ya que la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano deroga el trámite de Libre Desafiliación del Sistema Privado de Pensiones del Decreto Ley N°19990, por lo que no será posible ingresar nuevo trámite hasta que se definan los alcances, procedimientos y condiciones establecidos en el reglamento operativo que será aprobado por la ONP y la SBS conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 32123.