Retira hasta el 25% de tu fondo

Podrás usar hasta el 25% para la compra o amortización de un único inmueble urbano destinado a casa habitación.

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Puedes usar el 25% para la cuota inicial o para amortizar un crédito actual.

Requisitos - Cuota Inicial (total o parcial):

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No tener ninguna propiedad a tu nombre.
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La propiedad a adquirir debe ser urbana y destinada exclusivamente a vivienda.
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Contar con saldo en tu cuenta de Aportes Obligatorios.
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No tener una solicitud de traspaso en proceso.
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No tener ningún trámite pendiente en el SPP

Requisitos - Amortización (total o parcial):

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El inmueble debe ser tu única propiedad.
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La propiedad a adquirir debe ser urbana y destinada exclusivamente a vivienda.
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Contar con saldo en tu cuenta de Aportes Obligatorios.
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No tener una solicitud de traspaso en proceso.
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No tener ningún trámite pendiente en el SPP
 

Importante:

Este beneficio está vigente y puedes solicitarlo si cumples con los requisitos establecidos por la SBS.

Aplica para todos los afiliados al Sistema Privado de Pensiones, salvo aquellos que ya hayan usado el 25% completo bajo la ley anterior.

Además si lo usaste parcialmente, puedes completar el porcentaje restante para amortizar un crédito hipotecario actual o para la cuota inicial de tu único inmueble.

 

Preguntas Frecuentes

¿Cómo sabré si mi trámite procede o no?

Nos comunicaremos contigo para confirmarte sobre la procedencia o improcedencia de tu evaluación, así como la confirmación de la transferencia de fondos.

¿Puedo realizar un trámite de Libre Desafiliación posterior a este retiro?

Si deseas realizar el trámite de Libre Desafiliación, después de haber retirado el 25% para tu único inmueble, deberás retornar la totalidad de los fondos retirados valorizados al día del pago de la institución.

¿Me envían alguna constancia por el retiro?

Si deseas tener una constancia por haber realizado el trámite del 25%, puedes obtenerlo ingresando a tu cuenta aquí.

¿Qué es un inmueble urbano?

Se considera inmueble urbano aquel inscrito o inscribible en SUNARP, ubicado en zona urbana y destinado exclusivamente a vivienda.

¿Este trámite se gestiona solo con bancos?

El crédito hipotecario puede ser otorgado por una entidad del sistema financiero o una cooperativa habilitada por la SBS para este trámite.

¿Qué sucede si solicito el 25% y además he pedido el retiro de hasta 4 UIT del 2025?

Si realizaste el 8vo retiro extraordinario, el monto disponible para este beneficio puede verse afectado ya que se debe descontar el monto del retiro extraordinario respecto al saldo de la cuenta del afiliado sobre la cual se aplicará la disposición del 25% (esto sucede cuando se ha presentado la solicitud de retiro extraordinario con anterioridad a la comunicación de procedencia de 25% emitida por la AFP).

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